Resumen de la reunión mantenida por parte del Consejo General con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana sobre el Registro Único de Arrendamientos y la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos
Os informamos que, a partir del 2 de enero de 2025, ha entrado en vigor el Real Decreto 1312/2024, que regula el nuevo Registro Único de Arrendamientos de Corta Duración y la Ventanilla Única Digital para la gestión de estos arrendamientos. Aunque el registro es obligatorio desde julio de 2025, el período de transición permitirá a las empresas y administraciones adaptarse a la normativa.
Este nuevo sistema de registro tiene como objetivo centralizar la información sobre los alquileres de corta duración, mejorando la transparencia, el control y la regulación del sector, que ha experimentado un notable crecimiento. España se convierte en el primer país de la UE en aplicar esta normativa europea, que exige la creación de un sistema de información para los alquileres de corta duración.
¿A quién afecta?
- Propietarios de viviendas en alquiler corto.
- Plataformas digitales como Airbnb y Booking, que deberán colaborar en el proceso.
Datos a registrar:
- Identificación del propietario y del inmueble (nombre, NIF, dirección, etc.).
- Características del alojamiento (número de habitaciones, capacidad, etc.).
- Fechas de alquiler y precio.
- Número de identificación único para cada alquiler.
Novedades:
- Obligación de registro para todos los alquileres de corta duración.
- Simplificación del trámite mediante una ventanilla única digital.
- Período de transición hasta julio de 2025 para adaptarse.
Ventajas:
- Mayor seguridad jurídica y transparencia.
- Mejor gestión de los recursos turísticos.
- Protección de los derechos de los inquilinos.
El registro se realizará a través de una plataforma online, que se coordinará con el Registro de la Propiedad, y permitirá obtener un código único para cada alquiler.